OPINIÓN

RIESGOS DEL PROGRESO

16 de marzo de 2024 - 09:30
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La valía de la clase política debería ser evaluada constantemente, y no sólo cada cuatro años, por la capacidad para resolver los problemas propios de la convivencia en sociedad.

Desgraciadamente, la dinámica habitual es justo la contraria, es decir, tenemos una clase política enfocada en crear problemas y controversia donde no existían para luego vendernos supuestas soluciones milagrosas cargadas de ideología, que no de ideas.

En Elche tenemos dos casos paradigmáticos que reflejan claramente esta situación de inacción y bloqueo que han devenido en soluciones estrambóticas totalmente opuestas al interés general del ciudadano.

Por un lado el caso dramático y vergonzante del Mercado Central, utilizado durante lustros como arma política arrojadiza en ambos sentidos, con ramificaciones esperpénticas como la propuesta de cambio de uso para consolidar un Mercado Provisional, que se convertiría en un auténtico okupa, en una zona verde de primer nivel con las mejores vistas a la Vila Murada.

Por otro lado tenemos el edificio de Riegos del Progreso, edificio único y crucial en la evolución histórica de Elche, donde se ubicaba  La Sala de Venta de Agua y que forma parte de todo un conjunto de estructuras industriales dedicadas al servicio de agua de riego en el campo de Elche. Este servicio tuvo un impacto geográfico, económico y social que podríamos calificar de revolucionario, pues cambió los tradicionales campos de secano en campos de regadío, suponiendo un cambio fundamental en el paisaje cultural ilicitano

No es objeto de este artículo entrar en la maraña de Leyes que atenazan la correcta gestión de edificios de esta importancia, sino advertir sobre la falta de sentido común a la hora de gestionar un patrimonio edificado de tal calibre.

Es procedente acudir a ciertas definiciones relacionadas con este caso.

El término ‘monumento’ deriva del latín monumentum. El diccionario de la RAE entre varias definiciones aporta tres claras:

Construcción que posee valor artístico, arqueológico, histórico, etc.

Objeto o documento de utilidad para la historia, o para la averiguación de cualquier hecho.

Objeto que  aporta un  valor cronístico que resulta evidente cuando el monumento lo que aporta son datos sobre los hechos y aconteceres.

El valor del Edificio de Riegos del Progreso, de utilidad pública y con un claro valor histórico y cronístico para la ciudad de Elche está vinculado directamente al particular y único sistema de riegos de nuestra ciudad y a una construcción también singular, aunque no revolucionaria ni novedosa.

Por lo tanto es un testigo de excepción de épocas pasadas y, en esta condición se erige como documentos del pasado, en integrante del patrimonio cultural donde la escasez y exclusividad hace aumentar el valor histórico.

Ya podemos intuir la importancia que este planteamiento tiene para la conservación de las obras: los desgastes heredados no pueden evitarse, pero los que se puedan producir en un futuro deben impedirse “de modo categórico, porque todo deterioro adicional dificulta la labor científica de restituir la obra humana originaria en su estado de génesis”

En el caso del edificio de Riegos del Progreso nos encontramos con un edificio que fue concebido, proyectado y construido como un edificio entre medianeras alineado con sus edificios colindantes, y que formaba parte de un paisaje concreto en 1914, año de su construcción.

Lo que vemos hoy en día es un edificio descontextualizado, fuera de alineación, donde nos chocamos de bruces contra su medianera cuando bajamos por la calle Almórida y por tanto desprovisto del más mínimo valor paisajístico.

La solución “consensuada” entre propietarios, Ayuntamiento y Conselleria, sin el más mínimo rigor histórico, funcional y paisajístico es un engendro donde se desprovee al edificio original de su estructura interior, de su alma, de su razón de ser y se conserva una fachada exenta, fuera de contexto que jamás podrá volver a ser observada en su estado original, alineada con sus vecinos, y además con una fachada de 7 alturas como telón de fondo.

Si a un edificio de esta categoría se le deben suponer unos  valores urbanos que contribuyen a fijar la morfología o el perfil (skyline) de la ciudad (sugeridos por Ruskin –XIX-, respaldados por Giovannoni –XX-, consolidados definitivamente en Carta Venecia 1972) y unos valores paisajísticos que contribuyen a fijar la imagen y percepción de las vistas y panorámicas sobre la naturaleza transformada por las personas, donde se insertan piezas de arquitectura, resulta inevitable la solución que, con gran sentido común ya se planteó desde el consistorio ilicitano allá por 1985, proponía desplazar la alineación de la fachada actual hasta quedar perfectamente integrada con sus colindante, tal y como fue concebida hace más de cien años.