OPINIÓN

Las licencias de actividad y aperturas, un enemigo del emprendedor


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Luis Ángel Mateo
11 de marzo de 2024 - 08:30

Cuando un emprendedor invierte y gasta, en muchos casos sus ahorros, en otros casos el dinero que no tiene y se lo ha prestado un banco, su objetivo no puede ser otro, que abrir su negocio o empresa a la mayor brevedad posible, para que, cuanto antes, pueda comenzar a facturar, y por lo tanto, a amortizar la inversión. Comenzar a devolver el dinero prestado, y atender los gastos iniciales, será, desde que el proyecto está finalizado, su máxima prioridad, hay que pensar que los gastos no comienzan desde que el negocio está en marcha, si no desde que decides emprenderlo. Gastos de profesionales, como los propios ingenieros, de asesoría por la constitución de la sociedad, de los oficios, que construyen o acondicionan lo que ha sido tu sueño, y un largo etcétera de gastos que asumes antes de comenzar la actividad.

Es por este el motivo, que el ayuntamiento de la ciudad donde decides emprender, a través de su departamento de licencias de actividad, debe estar al lado de estas personas, para que, a la mayor brevedad posible, cumpliendo la más estricta legalidad, pero sin exigirles más de lo que la propia ley establece, al emprendedor, se le dé la luz verde para que arranque su actividad. Al frente de este departamento tan sensible e importante, ya que de él dependerá que se autoricen o no los próximos negocios de una ciudad, debe haber una persona que crea en el emprendimiento, que realmente quiera ocupar ese cargo, y, lo más importante, que se implique al máximo en estar pendiente y vigilante de los expedientes que entran, y preocuparse porque ninguno quede paralizado.

Además de lo anterior, que depende de la Administración Local, debemos instar desde el Ayuntamiento a la Generalitat Valenciana, y aprovechando que el color político es el mismo, a que haga algunas modificaciones en la legislación vigente. Las licencias de actividad o apertura se regulan mediante la Ley 6/2014, de 25 de Julio, la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de Establecimientos Públicos de la Generalitat Valenciana, y el DECRETO 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell,demasiadas leyes y decretos autonómicos, muy encorsetados y limitantes, con un catálogo de actividades demasiado definido, voy a intentar explicarme, si se solicita una licencia de actividad para espectáculos, no puede haber restauración, si es un restaurante como tal, no puede tener espectáculo, una licencia para espectáculos tiene unos horarios, un restaurante, tiene otros, las compatibilidades, que se pueden solicitar, en muchas ocasiones son imposibles, en definitiva, con las limitaciones de los tipos de actividad, se está coartando la imaginación y el modelo de negocio que el emprendedor ha decidido emprender. Refundir toda la legislación actual autonómica, en un único texto, donde cumpliendo las medidas técnicas de insonorización, evacuación, etc., podamos tener actividades diversas en un mismo local. Cenar viendo un desfile de moda, ver un espectáculo mientras cenas, o que después de cenar ese mismo local se convierta en discoteca, como pasa en otras comunidades autonómicas, debería ser una prioridad para estas dos administraciones, Ayuntamiento de Elche y Generalitat Valenciana.

Por último, y no menos importante, el Ayuntamiento de Elche se debe poner en marcha de una manera real, con las declaraciones responsables, donde los técnicos que firman un proyecto de aperturas declaran responsablemente que se cumple con la legislación vigente, y que el emprendedor abra las puertas de su negocio desde el primer minuto, una vez las obras hayan finalizado. Pongámonos las pilas con este asunto, es muy importante para la actividad económica de la ciudad y para el empleo.